CONTRATO ENTRE EL USUARIO Y EL OPERADOR PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO REGULADO Y CONTROLADO
- DISPOSICIONES GENERALES
a. DEFINICIONES. para efectos de interpretación y aplicación del presente Contrato se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:
Autoridad de Tránsito | Se refiere a las entidades u organismos designados como autoridades de tránsito en el artículo 3 de la Ley 769 de 2002 o la norma que lo modifique, adicione o sustituyan. |
Autoridad Estatal | Es cualquier autoridad de la República de Colombia del orden nacional o territorial, incluyendo, pero sin limitarse la Secretaría de Tránsito, Secretaría Municipal de Planeación, Secretaría Municipal de Hacienda, según corresponda, y sus organismos vinculados o adscritos, que tenga autoridad sobre asuntos relacionados con el presente Contrato. |
Código Nacional de Tránsito | Se refiere a la Ley 769 de 2002 “Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones” y las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan. |
Contrato | Se refiere al presente contrato de adhesión en el que se regulan los derechos y obligaciones de las partes para la prestación del servicio de estacionamiento regulado y controlado en el municipio de Montería. |
Cupo de Estacionamiento | Sitios debidamente demarcados en la vía pública en lugares definidos expresamente por la Autoridad de Tránsito, habilitados para el estacionamiento de vehículos previo pago de una tarifa fijada mediante acto administrativo por la autoridad competente. |
Dispositivo de restricción de movilidad vehicular (DRMV): | Instrumento de bloqueo vehicular usado para apoyar la actividad de control de mal uso del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado, que el Usuario expresamente habilita al Operador a aplicar por parqueo en segmentos no habilitados el estacionamiento en vía pública, por el uso de los espacios sin cancelación de la tarifa o por el mal uso de los cupos de estacionamiento en los términos definidos en este Contrato, los términos y condiciones establecidos por el Operador y el Decreto Municipal No.0062 de febrero 4 de 2025. |
Horario de Operación | Periodo durante el cual se opera el Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado, de acuerdo con lo previsto en los Términos y Condiciones definidos por el Operador. |
Operador | Nuestro Espacio Montería S.A.S., responsable del sistema de estacionamiento en vía en el municipio de Montería en virtud del Contrato IP-APP-001-2023 suscrito con el Municipio de Montería. |
Parquímetro |
Se refiere al equipo electrónico o mecánico suministrado por el Operador con sistema de medición de tiempo para el control y cobro de estacionamiento en vía pública, habilitado con los medios de pagos autorizados.
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Permisos Digitales | Corresponde a la autorización que podrán tener los propietarios o tenedores de vehículos automotores y/o motocicletas, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la regulación que para el efecto podrá expedir la Alcaldía de Montería, en virtud de la cual podrán hacer uso del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado de forma gratuita, en los términos y condiciones definidos en dicha regulación. |
PME | Es el Plan Maestro de Estacionamiento y Tarifas de estacionamiento en vía y fuera de vía en el Centro y Norte del municipio de Montería, adoptado por el Concejo Municipal de Montería mediante Acuerdo No. 030 de 2017 y las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. |
Polígono | Zona o área delimitada por un conjunto de vías o infraestructura física que encierra o contiene un grupo de tramos en los que convergen Zonas de Estacionamiento Regulado y/o Controlado y zonas de prohibido parqueo para la adecuada implementación y operación del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado. |
Servicio | Se refiere al servicio de estacionamiento en vía pública que presta el Operador al Usuario a través del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado, en el marco del Contrato APP No. IP-APP-001-2023 celebrado entre el Municipio de Montería y el Operador. |
Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado | Conjunto de equipos, dispositivos, aplicaciones electrónicas, infraestructura y otros elementos necesarios para regular y registrar el uso de estacionamiento en vía en el municipio de Montería por vehículos y motocicletas, mediante el pago de una tarifa previamente definida. Este sistema está compuesto, entre otros, por las Zonas de Estacionamiento Controlado –ZEC– y las Zonas de Estacionamiento Regulado –ZER–, según se delimitan en el PME y/o cualquier otro acto de la Autoridad Estatal competente del municipio de Montería que las autorice, determine, modifique o adicione. |
Términos y Condiciones | Se refieren a los términos y condiciones del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado elaborados por el Operador y aceptados por el Usuario. En estos se ha fijado el alcance de los servicios a cargo del Operador y las condiciones en las que serán prestados al Usuario. |
Usuario | El propietario, poseedor, tenedor o conductor de vehículo o motocicleta que haga uso del Servicio. |
Zonas de Estacionamiento | Se entiende como las áreas de las vías habilitadas y definidas como Zonas de Estacionamiento Controlado (ZEC) o Regulado (ZER) por el PME y/o la Autoridad Estatal competente para regular el estacionamiento de vehículos en espacio público. |
CLÁUSULA PRIMERA. PARTES. Para efectos de lo contenido en el presente Contrato, se entiende que son partes del mismo:
- Nuestro Espacio Montería S.A.S –El Operador– en su condición de operador y administrador del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado en el municipio de Montería, Córdoba, en virtud de la Resolución No. 350 de 2023[1] y el Contrato IP-APP-001-2023 suscrito con la Alcaldía de Montería.
- Usuario. El propietario, poseedor, tenedor o conductor de vehículo o motocicleta que hace uso del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado, de acuerdo con las condiciones definidas por el Operador en los Términos y Condiciones y lo previsto en el presente Contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA. OBJETO. El presente Contrato establece las condiciones de prestación del Servicio, a través del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado.
CLÁUSULA TERCERA. OBLIGACIONES DEL OPERADOR. El Operador ofrece al Usuario, a través del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado, un servicio de parqueo en vía pública, para el cual se requiere de un registro y un pago de tiempo de estacionamiento, ya sea a través de un Parquímetro, o mediante plataformas electrónicas disponibles en la aplicación PARKHUB o comercio aliado, de acuerdo con las condiciones definidas por el Operador en los Términos y Condiciones.
Para poder hacer uso del Servicio, el Usuario se vincula con el Operador mediante el presente Contrato, el cual se entiende aceptado por el Usuario en todas sus partes, junto con la aceptación de los Términos y Condiciones, por el hecho de hacer uso del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado.
El servicio se podrá utilizar en cualquier lugar debidamente señalizado como Zonas de Estacionamiento, a través de la delimitación del espacio como Cupo de Estacionamiento, las señales de tránsito y la presencia de un Parquímetro instalado por el Operador.
PARÁGRAFO. El Operador no asumirá funciones de vigilancia, guarda, ni custodia de bienes salvo las relativas al cumplimiento de las normas de tránsito. En ningún caso el Operador responderá por: (i) hurto de los vehículos y/o motocicletas; (ii) pérdida o hurto de los elementos dejados al interior de estos; (iii) daños ocasionados a los vehículos y/o motocicletas estacionados en el Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado ni; (iv) daños ocasionados a los vehículos y/o motocicletas por la manipulación ejercida por los empleados del Operador, la Autoridad de Tránsito u otra Autoridad Estatal competente al momento de realizar la inmovilización del vehículo y/o motocicleta por incumplimiento a las disposiciones del presente Contrato, los Términos y Condiciones o las normas de tránsito y movilidad.Sin perjuicio de lo anterior, el Operador responderá únicamente en caso de que dichos daños o perjuicios sean atribuibles a la actuación dolosa o gravemente culposa de su personal de verificación y/u otros terceros a cargo del Operador y/o derivados del mal funcionamiento de los DRMV, equipos o dispositivos que utilice el personal o terceros dispuestos por el Operador sobre los vehículos y/o motocicletas que hagan uso del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado.
CLÁUSULA CUARTA. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES. El Usuario acepta que al hacer uso del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado se acoge a las disposiciones contenidas en el presente Contrato, en los Términos y Condiciones y aquellas disposiciones normativas del orden nacional o municipal relacionadas al sistema de estacionamiento en vía pública; lo cual incluye, pero no se limita a la Ley 769 de 2022 Código Nacional de Tránsito, Acuerdos 030 de 2017 y 034 de 2024 y el Decreto Municipal No.0062 de febrero 4 de 2025 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o regulen.El Usuario, al estacionar en los Cupos de Estacionamiento en vía pública y hacer uso del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado, se obliga a respetar las leyes, códigos y reglamentos que fueren aplicables, ya sean nacionales, departamentales y/o municipales.
En el caso de que el Usuario haga uso del Servicio, tendrá la obligación de cubrir la contraprestación autorizada y la contribución por el uso de estacionamiento en vía, de acuerdo con la ley aplicable.
El Usuario acepta que los verificadores y/o personal que asigne el Operador podrán verificar si existe un pago por el uso del Cupo de Estacionamiento ocupado y si dicho pago corresponde con la placa del vehículo y/o motocicleta estacionada.
El Usuario es responsable del pago de los gastos incurridos por el uso del Servicio, de acuerdo con las tarifas definidas por la Autoridad de Tránsito y/u otra Autoridad Estatal competente, las cuales pueden ser consultadas en los Parquímetros, aplicación móvil y página web www.nemonteria.com.
El Usuario acepta que la responsabilidad a la que se refiere la presente cláusula y demás disposiciones del Contrato se extiende también al posible uso del servicio por terceros autorizados por el Usuario registrado.
CLÁUSULA QUINTA. PAGO DE LA TARIFA. De conformidad con lo establecido en los artículos 276 y 277 del Acuerdo Municipal No. 034 de 2024 y [●]del Decreto Municipal No.0062 de febrero 4 de 2025, el Usuario se compromete a pagar al Operador la tarifa definida por la Autoridad de Tránsito o Autoridad Estatal competente, de acuerdo con los métodos de pago dispuestos por el Operador, según lo dispuesto en los Términos y Condiciones aceptados por el Usuario. Las tarifas aplicables al Servicio estarán disponibles para consulta del Usuario en: (i) las Zonas de Estacionamiento; (ii) la página web www.nemonteria.com; (iii) la aplicación móvil PARKHUB y (iv) el Centro de Atención al Usuario.
PARÁGRAFO: Si el Usuario advierte errores o inconsistencias en el cobro de la tarifa que derivó en un pago mayor al que debía realizar podrá acudir a los canales de atención dispuestos por el Operador para el efecto previstos en la CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA de este Contrato, especificando la dirección de correo electrónico donde recibirá las notificaciones de respuesta. En este caso, el Operador analizará la solicitud elevada por el Usuario dentro de los siguientes quince (15) días hábiles siguientes a su recepción e indicará por escrito si es o no procedente realizar la devolución del pago realizado por el Usuario a través de la dirección de correo electrónico indicada por el Usuario. Si el Operador no atiende esta solicitud dentro del plazo aquí determinado, se entenderá que la respuesta es negativa.
CLÁUSULA SEXTA. OBLIGACIONES DEL USUARIO. Son obligaciones del Usuario:
- Estacionar el vehículo o motocicleta de manera correcta en los Cupos de Estacionamiento dispuestos para ello en zonas indicadas.
- Utilizar el Cupo de Estacionamiento en los tiempos y formas señaladas por el Operador en los Términos y Condiciones.
- Hacer uso de un solo Cupo de Estacionamiento de conformidad con su delimitación. En caso de que el vehículo exceda las dimensiones de cada Cupo de Estacionamiento deberá cubrir la tarifa por el número de Cupos de Estacionamiento realmente utilizados.
- Iniciar, de forma inmediata la sesión de estacionamiento a través de cualquiera de los medios habilitados por el Operador para el efecto.
- Hacer uso de los Cupos de Estacionamiento exclusivamente para el estacionamiento de vehículos y motocicletas, quedando prohibido el uso para fines comerciales independientemente que se realicen desde o sobre un vehículo o motocicleta.
- Hacer uso de los Cupos de Estacionamiento de conformidad con lo establecido en el Decreto Municipal No.0062 de febrero 4 de 2025 y las demás disposiciones vigentes.
- Tratándose de vehículos tipo moto o similares, será obligación del Usuario parquear de tal forma que sea posible la visualización de la placa por parte del equipo de validadores del OPERADOR, es decir la llanta delantera debe quedar ubicada con vista hacia el sardinel o andén.
- Pagar oportunamente el valor por el tiempo de estacionamiento a través de los medios de pago autorizados y definidos por el Operador en los Términos y Condiciones.
- En caso de contar con comprobante de pago por medios electrónicos, deberá cerciorarse de que la placa de circulación del comprobante coincida con la del vehículo y/o motocicleta estacionada y que la fecha y hora sean correctas.
- Cerciorarse de introducir, registrar y completar de manera correcta la información requerida para hacer uso del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado, de acuerdo con lo definido en los Términos y Condiciones, incluyendo, entre otras, la información relacionada con el vehículo y/o motocicleta. Toda la información proporcionada al Operador debe ser veraz, completa y exacta. Abstenerse de estacionar bicicletas, remolques u otros objetos en los Cupos de Estacionamiento.
- Abstenerse de:i. Dañar, pintar, destruir, golpear o vandalizar cualquier elemento y/o señalización que forme parte del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado.
ii. Insultar, amenazar o agredir al personal de tránsito o el personal designado por el Operador, cuando desempeñen actividades propias del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado.
iii. Colocar objetos en el espacio público dentro de las Zonas de Estacionamiento que impidan, dificulten, o desincentiven el estacionamiento de vehículos y/o motocicletas en las Zonas de Estacionamiento.
iv. Utilizar los Cupos de Estacionamiento para usos distintos a los que están estrictamente destinados.v. Manipular directamente el DRMV y/o usar cualquiera de los elementos del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado para fines diferentes al uso del Servicio y/o sin observancia de las condiciones y limitaciones previstas en este Contrato, los Términos y Condiciones y cualquier otro documento que regule la prestación del Servicio y/o el funcionamiento del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado.vi. Realizar cualquier conducta que impida o interfiera en el correcto desarrollo de la operación del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado.
CLÁUSULA SÉPTIMA. ACCIONES POR EL USO INDEBIDO DEL SERVICIO. El Usuario reconoce y acepta que, si estaciona su vehículo y/o motocicleta en los Cupos de Estacionamiento disponibles en las Zonas de Estacionamiento que integran el Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado sin pagar por el uso de dicho espacio, o habiendo pagado se le venció el tiempo y no retiró el vehículo y/o motocicleta del Cupo de Estacionamiento, los Términos y Condiciones y el presente Contrato, facultan a el Operador para:
- Corroborar, contra la base de datos, que la placa del vehículo y/o motocicleta no tenga una sesión activa.
- Tomar fotos del vehículo y/o motocicleta. Estas fotografías servirán como evidencia de que un vehículo y/o motocicleta asociado a la cuenta o sesión de estacionamiento del Usuario asumió la responsabilidad de pago estuvo estacionado en los Cupos de Estacionamiento habilitados de una Zona de Estacionamiento.
- Transmitir esta información a la plataforma para que la base de datos registre el reporte del vehículo y/o motocicleta que está haciendo un uso indebido del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado.
- Imponer DRMV o elementos de bloqueo de vehículos y/o motocicletas cuando se verifique el incumplimiento del Contrato y/o los Términos y Condiciones.
- Dejar una notificación en el vehículo y/o motocicleta sobre las razones por las cuales se impuso el DRMV. En caso de que el conductor del vehículo y/o motocicleta esté registrado en la aplicación, el Usuario recibirá, igualmente, un mensaje en la aplicación sobre la inmovilización del vehículo y/o motocicleta.
- La imposición de los DRMV aplicará cuando:
i. Se ocupe, total o parcialmente, más de un Cupo de Estacionamiento en vía sin cubrir el respectivo pago por cada uno de los Cupos de Estacionamiento usados.
ii. Se omita el pago del servicio.
iii. El pago no corresponda a la placa del vehículo y/o motocicleta estacionada o la fecha y/u hora no coincida con el día en que se realiza la verificación.
iv. Habiendo iniciado una sesión de parqueo, haya concluido el tiempo cubierto por el pago realizado de acuerdo con el registro o comprobante.
v. Cuando no se pague la totalidad de los Cupos de Estacionamiento de acuerdo con las dimensiones del vehículo y a la señalización horizontal y vertical.
vi. En el caso de motocicletas, a las que ocupen lugares en los andenes de la Zona de Estacionamiento sea para rodaje o estacionarse.
vii. Estacionarse en lugar prohibido dentro del Polígono.
viii. Ejercer actividades comerciales o prestar servicios en el interior de un vehículo y/o motocicleta estacionada o ubicada en la Zona de Estacionamiento, aunque haya pagado la tarifa correspondiente.
ix. Ocupar un Cupo de Estacionamiento para personas en condición de movilidad reducida sin contar esta condición y/o sin tener el vehículo debidamente identificado.
x. Los titulares o beneficiarios de Permisos Digitales (tal y como estos se definen más adelante) incumplan las condiciones de este permiso, incluyendo pero sin limitarse: (i) la pérdida de la vigencia del Permiso Digital; (ii) el Permiso Digital no coincida con las placas del vehículo y/o motocicleta al que se otorgó; (iii) el vehículo y/o motocicleta se encuentre estacionado fuera del área autorizada o no coincida con el área autorizada; y (iv) el Permiso Digital sea falsificado, caso en el cual el Operador dará aviso a la Autoridad Estatal competente.
- En caso de que el Operador evidencie que se está generando alguna obstrucción del servicio, ya sea, por ejemplo, por el ejercicio del comercio en un lugar destinado al estacionamiento en vía, avisará a la Autoridad de Tránsito y/o Autoridad Estatal competente para que esta adopte las acciones pertinentes.
- Para el retiro del DRMV, el Usuario debe:
- Comunicarse a las líneas de atención al cliente indicadas en la notificación dejada en el vehículo y/o motocicleta o las líneas de atención informadas en el costado del DRMV.
- Pagar, a través de los medios habilitados por el Operador, el valor previamente establecido para el retiro del DRMV, publicado para consulta en la aplicación, la página web y las Zonas de Estacionamiento.
9. Una vez estos pagos sean confirmados, una persona debidamente identificada como funcionario del Operador se acercará a la Zona de Estacionamiento y retirará el DRMV.
PARÁGRAFO: La imposición de DRMV y/o el pago de la cuota por retiro del mismo constituye una medida contractual consentida por el Usuario con la aceptación de este Contrato y/o el uso del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado y debe entenderse sin perjuicio de la facultad de la Autoridad de Tránsito para imponer las sanciones a las que haya lugar de conformidad con el Código Nacional de Tránsito Terrestre y demás normas aplicables.
CLÁUSULA OCTAVA. PERMISO DIGITAL. Los Usuarios podrán acceder a los Permisos Digitales para estacionar sus vehículos o motocicletas en los Cupos de Estacionamiento del Sistema de Estacionamiento Regulado o Controlado sin estar obligados a pagar por dicho concepto, siempre que cumplan los requisitos y el procedimiento que para el efecto podrá expedir la Alcaldía de Montería. Este beneficio estará sujeto a las condiciones y limitaciones previstas por la Alcaldía de Montería en la reglamentación que eventualmente expida para la implementación de los Permisos Digitales.
CLÁUSULA NOVENA. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES. El Usuario, en su calidad de titular de datos personales, autoriza expresamente al Operador, constituido como sociedad por acciones simplificadas identificada con NIT 901.733.405 y cuya dirección electrónica es pqrs@nemonteria.com, a realizar el tratamiento de sus datos personales para la prestación de los servicios previstos en este Contrato y en los Términos y Condiciones, así como conforme a las condiciones establecidas en su Política de Tratamiento de la Información que el Usuario declara conocer y aceptar.El Usuario declara que la información proporcionada al Operador a través de cualquier medio es veraz, completa, exacta, actualizada y verificable.
El Operador podrá recolectar, almacenar, circular, transmitir y transferir los datos personales del Usuario, de conformidad con la Ley 1581 de 2012 y las normas que la reglamenten, modifiquen o sustituyan, para las finalidades que se describen en la Política de Tratamiento de la Información.
Los derechos del Usuario como titular de los datos personales están determinados en la Política de Tratamiento de la Información. Para consultas, reclamos o ampliar información en relación con sus derechos como titular del tratamiento de datos personales, puede acceder a través de los canales dispuestos en la Política de Tratamiento de Información de Datos Personales dispuesta por el Operador.
Los terceros, diferentes del Operador como, por ejemplo, administradores de sistemas de pago del servicio como pasarelas de pago, que traten los datos personales de los Usuarios para sus finalidades propias, actuarán como responsables del tratamiento conforme sus propias políticas y procedimientos en el marco de sus obligaciones legales, sobre las cuales el Operador no tiene injerencia o control.
PARÁGRAFO PRIMERO. ACEPTACIÓN El Usuario acepta la facultad del Operador. de recolectar sus datos personales para los fines descritos en la presente cláusula y en la política de tratamiento de información del Operador publicada en https://nemonteria.com/politica-tratamiento-de-datos/.En caso de que el titular no se oponga a los términos de la Política de Tratamiento de Información publicada en el portal web https://nemonteria.com/politica-tratamiento-de-datos/ se considerará acordado y consentido su contenido. En todo caso, el consentimiento del Titular podrá ser revocado en cualquier momento por éste.
PARÁGRAFO SEGUNDO. El Usuario otorga su consentimiento previo, expreso e informado al Operador, para el tratamiento de sus datos personales, sin perjuicio del derecho que le asiste de no autorizar el tratamiento de datos sensibles, teniendo en cuenta la posibilidad de manifestar en cualquier momento autorizar de manera libre, previa e informado el tratamiento de estos.Asimismo, el Usuario podrá retirar el consentimiento en cualquier momento y ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación y oposición dirigiéndose al correo electrónico dispuesto para ello en la política de tratamiento de información del Operador. También podrá presentar una reclamación ante la Superintendencia de Industria y Comercio, si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente.
PARÁGRAFO TERCERO. El Usuario acepta que el Operador, se reserva el derecho a modificar los Términos y Condiciones, o su Política de Tratamiento de la Información con el objetivo de adaptarlos a las posibles novedades legislativas en materia de tratamiento de datos personales, o por motivos estratégicos o corporativos. En caso de que el OPERADOR modifique los Términos y Condiciones, deberá notificar dichos ajustes al USUARIO con quince (15) días calendario de anticipación a la fecha determinada para la entrada en vigor de la nueva versión de los Términos y Condiciones.
PARÁGRAFO CUARTO: El Usuario entiende y acepta que los datos financieros que eventualmente suministre para el pago del Servicio objeto del presente Contrato serán recolectados y tratados por los terceros administradores de los sistemas o pasarelas de pago y, por lo tanto, su tratamiento se regirá por las políticas de tratamiento de información de dicho tercero. En todo caso, si durante la ejecución del presente Contrato, para la prestación del Servicio el Operador llegare recolectar datos sensibles y/o financieros, por cualquier medio, solicitará el consentimiento expreso del Usuario a la política de tratamiento de la información, que podrá otorgarse en medio físico o electrónico.
CLÁUSULA DÉCIMA. RESPONSABILIDAD
- El Usuario acepta al momento de estacionar su vehículo y/o motocicleta en el Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado, que el Operador no lo recibe en custodia.
- El Usuario acepta hacer uso de Cupos de Estacionamiento, sin endilgar la responsabilidad al Operador por los daños que sufra el vehículo o por la pérdida de los objetos personales dejados al interior, de conformidad con lo dispuesto en la CLÁUSULA TERCERA de este Contrato.
- Igualmente, se excluye de cualquier responsabilidad a cualquier Autoridad Estatal, en tanto el servicio de estacionamiento en vía no implica la custodia del bien mueble dejado en el espacio habilitado para tal servicio, conforme a lo previsto en el Código Civil, el Código Nacional de Tránsito y demás normas aplicables.
- El Operador, no responderá por los daños que se causen a los vehículos y/o motocicletas por la manipulación o uso indebido de los DRMV o cualquier otro elemento del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado por parte del Usuario.
- En el evento en que, por la manipulación del Usuario de los DRMV que el Operador imponga a su vehículo o motocicleta según lo previsto en la CLÁUSULA SÉPTIMA sobre ACCIONES POR EL USO INDEBIDO DEL SERVICIO y/o cualquier otro elemento del Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado con la cual el Usuario genere un daño o perjuicio al Operador, el Usuario deberá reconocer al Operador el valor de los daños causados.
Para efectos de lo previsto en este Contrato se entenderá por manipulación toda actividad y/u operación que el Usuario realice en los elementos que integran el Sistema de Estacionamiento Regulado y Controlado, incluyendo, pero sin limitarse a los DRMV, los Parquímetros, equipos de verificación, señalización.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. ATENCIÓN AL USUARIO. El Usuario podrá presentar consultas, solicitudes, peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y/o felicitaciones relacionadas con el presente Contrato, los Términos y Condiciones y/o el Servicio en los canales dispuestos por el Operador para el efecto:Centro de Atención al Usuario: Calle 53 #13 – 12, casa 2
Página Web: www.nemonteria.com
Correo electrónico: pqrs@nemonteria.com